Contenido
- 1
- 2 🟩 Calendario oficial y plazos clave de la Renta 2025
- 3 🟩¿Qué modalidad de presentación me conviene? Árbol de decisión
- 4 🟩 Requisitos de identificación: métodos válidos para Renta 2025
- 5 🟩 Cómo solicitar cita previa para Renta 2025
- 6 🟩 Cómo presentar la declaración paso a paso por modalidad
- 7 🟩 Documentación y datos que necesitas preparar
- 8 🟩 Pago y devolución: opciones y plazos
- 9 Preguntas frecuentes – Renta 2025
- 9.1 ¿Quiénes están obligados a presentar la Renta 2025?
- 9.2 ¿Qué ingresos están exentos y no tributan en el IRPF?
- 9.3 ¿Hasta qué día puedo domiciliar el pago si me sale a ingresar?
- 9.4 ¿Puedo fraccionar el pago de la Renta? ¿Cómo funciona el 60/40?
- 9.5 ¿Cuándo recibiré la devolución si me sale a devolver?
- 9.6 ¿Cómo puedo modificar mi declaración una vez presentada?
- 9.7 ¿Qué pasa si presento la Renta fuera de plazo?
- 9.8 ¿Qué métodos de identificación puedo usar en Renta WEB?
- 9.9 No consigo cita previa (teléfono/presencial). ¿Qué hago?
- 9.10 ¿Puedo presentar la Renta desde el extranjero?
- 9.11 ¿Las deducciones autonómicas vienen ya en el borrador?
- 9.12 ¿Puedo pagar la Renta con Bizum o tarjeta?
- 9.13 ¿Qué documentos debo conservar tras presentar la declaración?
- 9.14 ¿La AEAT puede pedirme justificantes después de presentar?
- 9.15 ¿Qué novedades destacadas trae la campaña (pagos, correcciones, umbrales)?
- 9.16 ¿Cómo compruebo el estado de mi devolución o de mi pago?
- 9.17 ¿Qué hago si me he equivocado y me sale a pagar menos o a devolver más?
- 9.18 ¿Cómo sé si me conviene declaración individual o conjunta?
- 10 🟩 Conclusión: hacer la Renta 2025 será más fácil si te preparas con tiempo
La Declaración de la Renta 2025 será una de las campañas más esperadas por los contribuyentes españoles, ya que servirá para declarar los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal 2024, y deberá presentarse entre abril y junio de 2026.
En este artículo encontrarás toda la información oficial, actualizada y verificada, para que sepas cuándo y cómo presentar tu Renta 2025, qué necesitas para hacerlo y qué método de identificación te conviene según tu caso.
La Agencia Tributaria (AEAT) ofrece distintas formas de presentación —por internet, por teléfono o de forma presencial— para adaptarse a cada tipo de contribuyente.
A lo largo de esta guía te explicamos paso a paso cómo elegir el método más adecuado, cómo pedir cita previa y cómo evitar los errores más comunes, todo con lenguaje claro y amable, sin tecnicismos innecesarios.
📊 Tabla comparativa de modalidades de presentación de la Renta 2025
Modalidad | Fecha de inicio estimada | Fecha límite | Requisitos principales | Ventajas | Desventajas |
---|---|---|---|---|---|
Por Internet (Renta Web) | 2 de abril de 2026 | 30 de junio de 2026 | Cl@ve, certificado digital o número de referencia | Comodidad, rapidez, disponible 24 h | Requiere identificación electrónica válida |
Por teléfono (Plan “Le llamamos”) | 7 de mayo de 2026 | 30 de junio de 2026 | Cita previa y documentación preparada | Asistencia personalizada sin desplazarte | Citas limitadas, solo para casos sencillos |
Presencial (en oficinas AEAT) | 3 de junio de 2026 | 30 de junio de 2026 | Cita previa obligatoria | Atención directa y guiada por personal de Hacienda | Citas escasas, desplazamiento físico |
📅 Nota: las fechas exactas se confirman cada año mediante el calendario oficial de la Agencia Tributaria publicado en sede.agenciatributaria.gob.es.
La campaña de la Renta se ha vuelto cada vez más digital. En los últimos años, más del 90 % de las declaraciones se presentan por internet, y el uso del sistema Cl@ve PIN y el certificado digital ha crecido notablemente.
Sin embargo, sigue habiendo miles de personas mayores o contribuyentes con necesidades especiales que optan por la atención telefónica o presencial. Por eso, la AEAT mantiene abiertas las tres vías para que nadie se quede fuera del proceso.
En las siguientes secciones aprenderás:
- Qué fechas debes marcar en el calendario.
- Cómo pedir tu cita previa sin complicaciones.
- Qué método de identificación te conviene (Cl@ve, certificado o número de referencia).
- Cómo presentar tu declaración paso a paso.
- Qué hacer si tienes errores o retrasos.
Y para quienes aún no saben qué opción elegir, incluiremos un árbol de decisión práctico más adelante que te ayudará a identificar la forma más rápida y segura de cumplir con Hacienda.
🟩 Calendario oficial y plazos clave de la Renta 2025
La campaña de la Declaración de la Renta 2025 (correspondiente al ejercicio fiscal 2024) se desarrollará entre los meses de abril y junio de 2026, según el calendario oficial de la Agencia Tributaria.
Conocer las fechas es fundamental para evitar sanciones o perder plazos importantes, sobre todo si deseas fraccionar el pago, recibir la devolución cuanto antes o pedir cita previa.
A continuación, te explicamos las fechas más relevantes, diferenciando entre los distintos métodos de presentación: por internet, por teléfono y de forma presencial.

📆 Fechas básicas de la campaña
La Agencia Tributaria (AEAT) publica cada año el calendario del contribuyente con todos los plazos oficiales. Para la campaña de la Renta 2025, las fechas previstas (según el calendario fiscal de años anteriores y las previsiones oficiales) son las siguientes:
- 🗓️ Inicio de la presentación por Internet (Renta Web): 2 de abril de 2026.
Desde este día podrás acceder a tus datos fiscales, descargar el borrador y presentar la declaración directamente desde Renta Web. - 💻 Inicio del servicio de atención telefónica “Le llamamos”: 7 de mayo de 2026.
Antes, será necesario solicitar cita previa. - 🏢 Inicio de la atención presencial en oficinas de la AEAT: 3 de junio de 2026.
También con cita previa obligatoria. - 💳 Fecha límite para domiciliar el pago (si tu declaración sale a ingresar): 25 de junio de 2026.
A partir de ese día solo podrás pagar mediante NRC, Bizum o en entidad colaboradora. - ⏰ Fin de la campaña de Renta 2025: 30 de junio de 2026.
Este es el último día para presentar la declaración, tanto si sale a devolver como a ingresar.
🔗 Fuente oficial: Calendario del contribuyente 2025 — Agencia Tributaria
☎️ Plazos para solicitar cita previa
La cita previa es imprescindible si deseas presentar la Renta por teléfono o de forma presencial.
Los plazos previstos son los siguientes:
- 📞 Cita para atención telefónica (“Le llamamos”): del 29 de abril al 27 de junio de 2026.
- 🧾 Cita para atención presencial en oficinas: del 29 de mayo al 27 de junio de 2026.
Puedes solicitar tu cita:
- A través de la Sede electrónica de la AEAT, en el apartado “Cita previa Renta”.
- Desde la App de la Agencia Tributaria.
- O por teléfono, llamando al 91 535 73 26 o 901 22 33 44.
📌 Consejo: pide cita los primeros días de apertura del plazo; las plazas suelen agotarse rápido, sobre todo en oficinas de grandes ciudades.
🧾 Fechas clave para devoluciones y pagos
- 💰 Inicio estimado de devoluciones: pocos días después del inicio de la campaña, generalmente a partir del 3 o 4 de abril de 2026, si presentas por internet.
- ⏳ Plazo máximo de devolución: Hacienda tiene seis meses desde el fin del plazo oficial (es decir, hasta el 31 de diciembre de 2026) para realizar el ingreso antes de aplicar intereses de demora.
- 💸 Pago fraccionado: si tu declaración sale a ingresar, puedes pagar en dos plazos:
- 60 % al presentar la declaración (abril-junio 2026).
- 40 % restante hasta el 5 de noviembre de 2026, domiciliado automáticamente si lo eliges al presentar.
🔗 Consulta el estado de tu devolución en: “Mis expedientes” — Sede AEAT
⚠️ Recomendaciones importantes sobre los plazos
Aunque el calendario parezca extenso, no conviene esperar al último día. Durante las últimas jornadas de la campaña suelen producirse saturaciones en los servidores y largas esperas para obtener cita previa.
Además:
- Los bancos dejan de aceptar órdenes de domiciliación el 25 de junio.
- Si envías tu declaración fuera de plazo, Hacienda puede aplicar recargos e intereses.
- En caso de necesitar correcciones, tendrás tiempo suficiente para presentar una declaración complementaria antes del cierre de campaña.
Para mayor seguridad, guarda siempre el justificante electrónico de presentación, disponible al final del proceso en la sede electrónica.
🟩¿Qué modalidad de presentación me conviene? Árbol de decisión
Elegir cómo presentar la Declaración de la Renta 2025 es una de las primeras decisiones importantes. La Agencia Tributaria ofrece tres vías principales —por internet, por teléfono y presencial en oficina—, y cada una se adapta mejor a un tipo de contribuyente diferente.
Antes de decidir, conviene analizar tus medios de identificación, tu nivel de comodidad con la tecnología y si prefieres asistencia personalizada o autonomía total.
A continuación, encontrarás un árbol de decisión práctico que te ayudará a elegir la modalidad más adecuada para ti según tu caso.
🌳 Árbol de decisión: qué método usar según tu situación
Sigue este recorrido y descubre cuál es tu mejor opción paso a paso:
- ¿Tienes certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN/Permanente?
👉 Sí: puedes presentar tu Renta por internet desde el primer día.
👉 No: pasa al siguiente paso. - ¿Estás dispuesto/a a registrarte en el sistema Cl@ve o solicitar un número de referencia?
👉 Sí: podrás hacerlo también online tras registrarte.
👉 No: continúa al siguiente paso. - ¿Prefieres que un profesional de la Agencia Tributaria te ayude por teléfono?
👉 Sí: elige el servicio “Le llamamos”, con cita previa.
👉 No: sigue al paso siguiente. - ¿Tienes disponibilidad para acudir a una oficina?
👉 Sí: solicita cita presencial.
👉 No: vuelve a considerar registrarte en Cl@ve o pedir ayuda telefónica. - ¿Resides en un municipio pequeño o con asistencia especial?
👉 En este caso, puedes acceder al plan de asistencia en municipios pequeños, que ofrece ayuda mediante videollamada o en oficinas locales colaboradoras.
💡 Consejo: Si usas internet habitualmente (correo, banca online, app de tu banco), la vía telemática es la más cómoda y rápida. Además, podrás revisar y modificar tu borrador en cualquier momento.
💻 Cuándo elegir la modalidad por internet
La presentación online a través de Renta Web es ideal si:
- Tienes certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Quieres hacerlo sin depender de horarios ni citas.
- Deseas control total sobre los datos y deducciones.
- Te interesa presentar rápido para obtener antes la devolución.
Ventajas:
- Disponible 24 h, desde cualquier dispositivo.
- Permite guardar borradores y continuar después.
- Más ágil en devoluciones.
Desventajas:
- Necesita identificación electrónica.
- Requiere cierta familiaridad con el entorno online.
Contamos con una hermosa guía que te ayudara: Cl@ve PIN vs Cl@ve Permanente vs DNIe: ¿cuál usar en cada trámite?
☎️ Cuándo elegir la modalidad telefónica (“Le llamamos”)
El servicio “Le llamamos” es perfecto si prefieres asistencia guiada pero no puedes desplazarte.
Con cita previa, un agente de la AEAT te llama en el horario que elijas y confecciona contigo la declaración.
Ventajas:
- Atención personalizada desde casa.
- Sin necesidad de ordenador.
- Ideal para declaraciones sencillas o jubilados.
Desventajas:
- Solo disponible con cita.
- Limitado a casos simples (sin actividades económicas).
- Es necesario tener la documentación preparada.
📞 Pide cita entre el 29 de abril y el 27 de junio de 2026.
Más información en sede.agenciatributaria.gob.es.
🏢 Cuándo elegir la modalidad presencial
La atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria o centros colaboradores está pensada para quienes prefieren contacto directo o necesitan ayuda especial.
Ventajas:
- Asistencia profesional completa.
- Ideal para personas mayores o sin medios digitales.
- Posibilidad de resolver dudas en el momento.
Desventajas:
- Cita previa obligatoria (plazas limitadas).
- Desplazamientos y esperas.
- Solo disponible durante el mes de junio.
📍 Fechas de cita presencial: del 29 de mayo al 27 de junio de 2026.
Consulta tu oficina más cercana en sede.agenciatributaria.gob.es.
📹 Plan especial de asistencia en municipios pequeños
Si resides en una localidad pequeña o con baja conectividad, la Agencia Tributaria ofrece el Plan de Asistencia en Municipios, un servicio presencial o por videollamada que permite confeccionar la declaración sin desplazarte a grandes ciudades.
- Está disponible en colaboración con ayuntamientos y diputaciones.
- Se solicita mediante los mismos canales de cita previa.
- Es especialmente útil para mayores o personas sin acceso a internet.
🔗 Más información: Plan de Asistencia en Municipios 2025 — AEAT
🧩 Resumen comparativo
Perfil del contribuyente | Modalidad recomendada | Motivo principal |
---|---|---|
Usuario habitual de internet | Online (Renta Web) | Rápida, cómoda, sin cita |
Persona mayor o con dificultad digital | Teléfono o presencial | Asistencia guiada |
Autónomo o con ingresos complejos | Online o presencial | Posibilidad de revisar deducciones |
Residente en zona rural o sin oficina cercana | Plan de asistencia local | Videollamada o ayuda municipal |
🟩 Requisitos de identificación: métodos válidos para Renta 2025
Para presentar la Declaración de la Renta 2025, necesitas identificarte electrónicamente ante la Agencia Tributaria (AEAT). Esta autenticación garantiza tu seguridad y que nadie pueda acceder a tus datos fiscales sin autorización.
Existen tres métodos principales aceptados por la AEAT: certificado digital o DNI electrónico, sistema Cl@ve (PIN o permanente) y número de referencia. Además, se reconocen otros medios de identificación europeos bajo el reglamento eIDAS.
A continuación, te explicamos cada opción, cómo conseguirla y en qué casos conviene usarla.
🔐 Certificado digital o DNI electrónico
El certificado digital es una credencial electrónica emitida por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT-RCM) o por otros prestadores cualificados. Permite firmar y presentar documentos con plena validez legal. También puedes usar tu DNI electrónico (DNIe), que incluye un chip con certificado integrado.
Cómo obtenerlo paso a paso
- Entra en la web oficial de la FNMT: https://www.sede.fnmt.gob.es.
- Solicita tu certificado de persona física indicando tu NIF y correo electrónico.
- Acude a una oficina de registro (Agencia Tributaria, ayuntamiento, policía, etc.) para acreditar tu identidad.
- Descarga e instala el certificado en tu ordenador o dispositivo.
Cuándo usarlo
- Si eres autónomo o gestionas declaraciones de terceros.
- Si necesitas presentar más de una declaración o acceder a trámites complejos (rectificaciones, consultas, etc.).
- Si prefieres firmar electrónicamente sin depender de códigos PIN o SMS.
💡 Consejo: El certificado digital ofrece mayor nivel de seguridad y compatibilidad con otros trámites públicos (Seguridad Social, DGT, SEPE, etc.).
🔑 Sistema Cl@ve (PIN o permanente)
El sistema Cl@ve es el método más extendido para identificarse en trámites online de la Administración española. Fue diseñado para que cualquier ciudadano pueda acceder a servicios públicos sin necesidad de certificado digital.
Existen dos versiones:
- Cl@ve PIN: ideal para uso puntual (por ejemplo, para hacer la Renta o consultar datos fiscales).
- Cl@ve Permanente: pensada para usuarios frecuentes, con contraseña estable y segundo factor de seguridad.
Cómo registrarte en Cl@ve
- Accede al portal oficial https://clave.gob.es.
- Pulsa en “Registrarse en Cl@ve” y selecciona el método que prefieras:
- Con certificado digital o DNIe.
- Sin certificado (recibirás una carta de invitación con código seguro).
- Completa el formulario y activa tu cuenta.
- Descarga la app Cl@ve PIN en tu móvil (Android o iOS) para generar códigos de acceso.
Cómo usar Cl@ve en la Renta 2025
- Al entrar en Renta Web, selecciona “Acceder con Cl@ve PIN”.
- Introduce tu DNI/NIE y la fecha de validez.
- Recibirás un código PIN temporal en la app o por SMS (válido unos minutos).
- Confirma el acceso y entra a tus datos fiscales.
Ventajas:
- No necesitas certificado digital.
- Rápido, gratuito y 100 % online.
- Compatible con todos los dispositivos.
Desventajas:
- El PIN caduca a los pocos minutos.
- Requiere conexión móvil o acceso a SMS.
🔗 Registro oficial: Registrarse en Cl@ve — Sede electrónica
🧾 Número de referencia de la Renta
El número de referencia es un código que permite acceder a tus datos fiscales y al borrador sin Cl@ve ni certificado digital. Es útil si solo haces la Renta una vez al año y no quieres registrarte en otros sistemas.
Cómo obtener el número de referencia
- Entra en Renta Web — Obtener referencia.
- Introduce tu NIF, la casilla 505 de la declaración del año anterior (o su equivalente actualizado) y la fecha de validez del documento.
- Recibirás el código por SMS o en pantalla.
Con ese número podrás consultar tus datos fiscales, confirmar el borrador y presentar la declaración online.
Ventajas:
- No requiere registro previo ni app.
- Ideal para usuarios ocasionales.
- Permite acceso inmediato al borrador.
Desventajas:
- Solo sirve para la campaña vigente.
- Si cambias de número de móvil o introduces datos incorrectos, puede fallar la validación.
📌 Ten en cuenta que si el año anterior no presentaste la Renta, necesitarás registrarte en Cl@ve o usar certificado digital.
🌍 Otros sistemas válidos (ciudadanos de la UE y eIDAS)
Si eres ciudadano de otro país de la Unión Europea, puedes acceder a los servicios de la Agencia Tributaria mediante el sistema eIDAS, que reconoce las identidades electrónicas emitidas por los Estados miembros.
Deberás contar con un identificador electrónico reconocido y acceder desde el enlace “Acceder con identificación europea”.
🔗 Más información: Identificación electrónica europea — AEAT
⚠️ Errores comunes y cómo solucionarlos
- El PIN de Cl@ve no llega o caduca: comprueba que tu número móvil está actualizado y vuelve a solicitar un nuevo PIN.
- No recuerdo la casilla 505: puedes consultarla en tu declaración anterior o pedir el número de referencia por Cl@ve.
- Certificado digital caducado: renueva antes de la campaña en la web de la FNMT.
- El navegador no reconoce el certificado: utiliza Chrome o Firefox actualizados y borra caché y cookies.
- Acceso bloqueado: espera unos minutos y vuelve a intentarlo; Hacienda puede restringir temporalmente el acceso tras varios intentos fallidos.
🟩 Cómo solicitar cita previa para Renta 2025
Pedir cita previa es un paso esencial si planeas presentar tu Declaración de la Renta 2025 por teléfono o de forma presencial. La Agencia Tributaria (AEAT) habilita este sistema para garantizar que cada contribuyente reciba atención personalizada y que el proceso se desarrolle de manera ordenada y segura.
A continuación, te mostramos todas las formas oficiales para solicitar cita, los plazos, los teléfonos de contacto, y cómo modificar o cancelar una cita si lo necesitas.
📅 Cuándo se puede pedir cita previa
Según el calendario fiscal previsto por la Agencia Tributaria, los plazos para pedir cita serán los siguientes:
- ☎️ Para atención telefónica (“Le llamamos”):
📆 Del 29 de abril al 27 de junio de 2026.
En este servicio, un agente de la AEAT te llama en el horario que hayas seleccionado, sin que tengas que desplazarte. - 🏢 Para atención presencial en oficinas de la AEAT:
📆 Del 29 de mayo al 27 de junio de 2026.
Es ideal si necesitas ayuda presencial o tu caso tiene particularidades (deducciones complejas, rentas del extranjero, etc.).
🔗 Fuente oficial: Cita previa Renta — Agencia Tributaria
🖥️ Cómo pedir cita por internet
La forma más rápida y cómoda es hacerlo online, desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria o mediante su aplicación móvil.
👉 Desde la sede electrónica
- Entra en https://sede.agenciatributaria.gob.es.
- Accede al apartado “Cita previa Renta”.
- Identifícate con Cl@ve, certificado digital o número de referencia.
- Elige la modalidad de atención (telefónica o presencial).
- Selecciona la fecha, la hora y, si corresponde, la oficina más cercana.
- Confirma y guarda el justificante de tu cita.
👉 Desde la app de la Agencia Tributaria
- Descarga o abre la app “Agencia Tributaria” (disponible en Android y iOS).
- En el menú principal, selecciona “Cita previa”.
- Elige el tipo de atención.
- Confirma tus datos y guarda el aviso en el móvil.
💡 Consejo UX: Si pides la cita online, podrás recibir recordatorios automáticos y modificarla fácilmente si cambian tus planes.
☎️ Cómo pedir cita por teléfono
Si prefieres solicitar cita de manera tradicional, puedes hacerlo llamando a los números oficiales de la AEAT:
- 📞 Automático (24 h, todos los días):
901 22 33 44 o 91 553 00 71
(responde un sistema automatizado). - 📞 Con atención personal (de lunes a viernes de 9:00 a 19:00):
91 535 73 26 o 901 12 12 24
Durante la llamada deberás indicar tu NIF/NIE, el motivo de la cita (Renta 2025) y, si es presencial, tu provincia o código postal para asignarte la oficina más cercana.
⚠️ Importante: los números que comienzan por 901 tienen coste compartido; si puedes, usa los prefijos 91, que son equivalentes pero de coste local.
🧾 Qué datos necesitas para solicitar la cita
Ten a mano la siguiente información antes de iniciar el proceso (tanto online como por teléfono):
- NIF o NIE del titular de la declaración.
- Teléfono móvil de contacto.
- Correo electrónico (opcional, para recibir confirmación).
- Método de identificación: Cl@ve, certificado digital o número de referencia.
- Si la cita es presencial: la provincia o localidad donde deseas acudir.
- Si la cita es telefónica: el horario preferido para la llamada.
📋 En las citas telefónicas, Hacienda llama siempre desde un número oficial, y nunca solicita datos bancarios sin haber iniciado el proceso.
🔁 Cómo modificar o cancelar una cita
Si surge un imprevisto, puedes modificar o anular tu cita previa sin complicaciones:
- Entra nuevamente a Cita previa Renta — AEAT.
- Selecciona la opción “Consultar, cambiar o anular cita”.
- Identifícate con el mismo método usado al pedirla.
- Escoge una nueva fecha o cancélala definitivamente.
También puedes modificar tu cita desde la app oficial o llamando a los mismos números de atención telefónica.
💡 Si cancelas con antelación, ayudas a liberar ese turno para otros contribuyentes.
⚠️ Errores comunes al pedir cita (y cómo evitarlos)
- No encontrar citas disponibles: prueba a primera hora del día, cuando el sistema se actualiza con nuevas plazas.
- Elegir modalidad incorrecta: revisa si pediste cita telefónica o presencial antes de confirmar.
- Datos erróneos en el formulario: comprueba que el NIF y el teléfono son correctos.
- No recibir confirmación: revisa la bandeja de spam o vuelve a consultar tu cita desde la sede electrónica.
- Olvidar el día u hora: anótala o activa notificaciones en el calendario de tu móvil.
📌 Resumen rápido
Modalidad | Cómo pedir cita | Fechas disponibles | Requisitos |
---|---|---|---|
Telefónica (Le llamamos) | Internet, app o teléfono | 29 abril – 27 junio 2026 | NIF y Cl@ve, certificado o referencia |
Presencial | Internet, app o teléfono | 29 mayo – 27 junio 2026 | NIF, dirección y cita confirmada |
Modificar o anular cita | Internet o teléfono | Hasta el día anterior | Misma identificación usada |
🟩 Cómo presentar la declaración paso a paso por modalidad
La Declaración de la Renta 2025 se podrá presentar de tres formas: por internet (Renta Web), por teléfono (servicio “Le llamamos”) o de forma presencial en oficinas. Todas las vías son oficiales y seguras, pero difieren en comodidad, requisitos y tiempos.
A continuación te mostramos, paso a paso, cómo presentar tu declaración según la modalidad que elijas, con ejemplos prácticos y consejos para evitar errores.
💻 Presentación por internet — Renta Web
Es la forma más rápida y utilizada por los contribuyentes españoles. Más del 90 % de las declaraciones se presentan cada año mediante Renta Web, el sistema online de la Agencia Tributaria.
👉 Paso a paso para presentar por internet
- Accede al portal Renta Web
Entra en la sede electrónica de la AEAT:
https://sede.agenciatributaria.gob.es
Pulsa en “Renta 2025” y luego en “Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)”. - Identifícate correctamente
Usa tu certificado digital, Cl@ve PIN/Permanente o número de referencia.
El sistema te redirigirá automáticamente a tus datos fiscales. - Revisa tus datos personales y fiscales
Comprueba nombre, domicilio, IBAN, estado civil y situación familiar.
Luego revisa ingresos, retenciones, deducciones, préstamos hipotecarios, etc. - Modifica o completa la información si es necesario
Puedes añadir deducciones por vivienda, maternidad, familia numerosa, donativos, o gastos de guardería.
Si eres autónomo, revisa tus rendimientos de actividades económicas. - Simula el resultado
Antes de presentar, utiliza la opción “Vista previa” o “Simulación” para comprobar si sale a devolver o ingresar. - Confirma y presenta la declaración
Haz clic en “Presentar declaración”.
Firma electrónicamente y guarda el justificante de presentación (PDF). - Elige cómo pagar o cobrar
- Si sale a devolver: introduce tu IBAN.
- Si sale a ingresar: puedes domiciliar el pago, pagar con Bizum, tarjeta o NRC (Número de Referencia Completo).
📄 Guarda siempre el justificante final; es la prueba legal de que tu declaración fue presentada correctamente.
⚠️ Errores comunes en Renta Web
- No revisar deducciones autonómicas.
- Presentar dos veces por error (duplicado).
- IBAN incorrecto o de otra persona.
- Olvidar confirmar el borrador.
☎️ Presentación por teléfono — Servicio “Le llamamos”
El programa “Le llamamos” permite presentar tu declaración sin desplazarte, con la ayuda de un agente de la Agencia Tributaria. Solo necesitas pedir cita previa y tener tu documentación lista.
👉 Paso a paso para presentar por teléfono
- Solicita tu cita previa
A través de la sede electrónica, app o teléfono.
Plazo: del 29 de abril al 27 de junio de 2026. - Prepara la documentación
Ten a mano: NIF, número de referencia o Cl@ve PIN, datos fiscales, IBAN, recibos de vivienda o deducciones aplicables. - Recibe la llamada de la AEAT
El día y hora elegidos, un funcionario de Hacienda te llamará desde un número oficial.
(Nunca desde números privados o desconocidos). - Verifica tu identidad
Deberás confirmar algunos datos personales para garantizar la autenticidad. - Confección y revisión
El agente confecciona tu declaración contigo, explicando cada paso.
Podrás confirmar o modificar los datos antes del envío. - Firma y confirmación final
Recibirás un código de validación o confirmación telefónica.
Hacienda te enviará un justificante de presentación a tu correo o podrás consultarlo en la sede electrónica.
💡 Este servicio es perfecto para personas mayores o con declaraciones sencillas (sin rendimientos de actividades económicas).
⚠️ Errores comunes en modalidad telefónica
- No tener a mano la documentación.
- No atender la llamada a la hora programada.
- No verificar el número oficial de la AEAT.
🔗 Fuente oficial: Cita previa Renta — AEAT
🏢 Presentación presencial en oficina
Si prefieres atención directa, puedes presentar la Renta en persona en una oficina de la Agencia Tributaria o en centros colaboradores.
👉 Paso a paso para presentar de forma presencial
- Pide cita previa
Obligatorio entre el 29 de mayo y el 27 de junio de 2026.
Puedes hacerlo desde internet, la app o por teléfono. - Acude a tu cita con antelación
Lleva tu DNI o NIE original, número de cuenta bancaria, y todos los documentos justificativos (ingresos, alquiler, hipoteca, deducciones, etc.). - Atención personalizada
Un funcionario revisará tus datos y elaborará la declaración contigo.
Podrás resolver dudas en el momento y hacer ajustes antes de presentar. - Firma y presentación
Una vez conforme, firmarás electrónicamente o en papel, y la declaración quedará presentada oficialmente. - Recoge el justificante de presentación
Guarda el documento con el número de registro, que acredita que tu declaración se realizó correctamente.
💬 Este método es recomendable para quienes necesitan ayuda personalizada o no se sienten cómodos con el entorno digital.
⚠️ Recomendaciones para la cita presencial
- Acude con todos los justificantes originales.
- Llega con al menos 10 minutos de antelación.
- Verifica los horarios de tu oficina.
- Si vas en representación de otra persona, lleva su autorización firmada.
🧩 Plan de asistencia en municipios pequeños y videollamada
La Agencia Tributaria mantiene el Plan de Asistencia en Municipios, que ofrece ayuda a contribuyentes de zonas rurales o con acceso limitado a internet.
Este plan permite realizar la declaración mediante videollamada o en oficinas locales coordinadas con ayuntamientos y diputaciones.
Cómo funciona
- Se solicita cita previa igual que para la atención presencial.
- El día de la cita, un técnico se conecta contigo o te atiende en el punto habilitado.
- Te guía paso a paso para completar y presentar la declaración.
🔗 Más información oficial: Plan de Asistencia en Municipios — AEAT
📊 Resumen comparativo de modalidades
Modalidad | Inicio | Requisitos | Ventajas | Limitaciones |
---|---|---|---|---|
Internet (Renta Web) | 2 abril 2026 | Cl@ve, certificado o referencia | Rápido, disponible 24 h | Requiere identificación electrónica |
Teléfono (“Le llamamos”) | 7 mayo 2026 | Cita previa | Asistencia guiada sin desplazarte | Citas limitadas |
Presencial (oficina) | 3 junio 2026 | Cita previa y DNI | Atención directa | Desplazamiento y esperas |
Plan municipios/videollamada | Según zona | Cita previa | Ideal en zonas rurales | Limitado a localidades adscritas |
🟩 Documentación y datos que necesitas preparar
Antes de comenzar a hacer tu Declaración de la Renta 2025, es importante reunir toda la documentación necesaria. Esto te ahorrará tiempo, evitará errores y facilitará que la Agencia Tributaria procese correctamente tu declaración.
La preparación previa es especialmente útil si vas a presentar por teléfono o de forma presencial, ya que el funcionario necesitará comprobar los justificantes en el momento.
A continuación encontrarás un listado completo y organizado por categorías para que no se te olvide nada.
🧾 Documentos personales y familiares
Estos datos permiten a la Agencia Tributaria aplicar correctamente tus deducciones y situación fiscal.
- Documento de identidad (DNI o NIE) del titular y, en su caso, del cónyuge e hijos.
- Número de IBAN de la cuenta bancaria para devolver o domiciliar el pago.
- Número de referencia, Cl@ve PIN o certificado digital (si presentas por internet).
- Justificante de discapacidad, familia numerosa o monoparental si aplica.
- Sentencias o convenios de separación o custodia compartida.
- Recibos o certificados de pensión compensatoria o anualidades por alimentos.
- Certificados de matrimonio o nacimiento (en casos específicos).
💡 Consejo: si presentas una declaración conjunta, asegúrate de que los datos personales y bancarios de ambos estén actualizados y coincidan.
💼 Documentos relacionados con los ingresos
Dependiendo de tu situación laboral o económica, necesitarás aportar uno o varios de los siguientes documentos:
- Certificado de retenciones emitido por tu empresa o empleador.
- Certificados de prestaciones del SEPE (paro), INSS (pensión) o mutualidades.
- Justificantes de ingresos por alquiler (si eres arrendador).
- Extractos bancarios o certificados de intereses de cuentas y depósitos.
- Certificados de dividendos o plusvalías (acciones, fondos, criptomonedas).
- Libros de registro de ingresos y gastos, si eres autónomo.
- Modelos 130 o 131 (pagos fraccionados), si realizas actividades económicas.
- Subvenciones o ayudas recibidas (por vivienda, energía, etc.).
- Certificados de planes de pensiones o seguros de ahorro.
🔎 Todos estos datos suelen aparecer en tus datos fiscales disponibles en la web de la AEAT, pero conviene tener los documentos originales por si hay discrepancias.
🏠 Vivienda habitual y alquileres
Las deducciones por vivienda son de las más comunes, pero también de las más olvidadas o mal aplicadas.
Prepara los siguientes justificantes según tu caso:
- Recibos de hipoteca o certificaciones de tu entidad bancaria.
- Referencia catastral de tu vivienda (puedes consultarla en el IBI o en www.sedecatastro.gob.es).
- Justificantes de alquiler (contrato, recibos, NIF del arrendador).
- Certificado energético o obras de mejora (si aplican deducciones por rehabilitación).
- Recibos de suministros si se declaran gastos vinculados a la actividad económica.
📌 Recuerda que las deducciones por vivienda habitual solo se aplican si compraste tu vivienda antes de 2013, salvo deducciones autonómicas.
💚 Deducciones familiares y autonómicas
Cada comunidad autónoma puede aplicar deducciones específicas, por lo que conviene tener listos los documentos que acrediten tu situación:
- Certificados de discapacidad.
- Gastos de guardería o educación infantil.
- Gastos en centros educativos o material escolar.
- Donativos a ONG, fundaciones o entidades religiosas.
- Inversiones en nuevas empresas o start-ups.
- Deducciones por nacimiento o adopción de hijos.
- Ayudas por alquiler de vivienda habitual.
📍 Puedes consultar las deducciones autonómicas vigentes en el portal de tu comunidad autónoma o directamente en la web de la AEAT dentro de “Deducciones autonómicas”.
📄 Otros justificantes útiles
Aunque no siempre son obligatorios, estos documentos pueden ayudarte a justificar información ante Hacienda o aprovechar beneficios fiscales:
- Certificados de minusvalía o dependencia.
- Informe catastral de inmuebles adicionales.
- Justificante de donaciones culturales o deportivas.
- Facturas de obras de mejora energética.
- Pruebas de residencia fiscal en otro país (si aplica).
- Declaraciones complementarias anteriores (si presentaste una rectificación).
💬 Guarda todos los justificantes al menos cuatro años, ya que Hacienda puede requerirlos dentro del plazo de prescripción.
⚠️ Errores frecuentes al preparar la documentación
- No revisar los datos fiscales descargados: pueden faltar deducciones o ingresos de pequeñas entidades.
- Olvidar declarar ayudas o subvenciones: Hacienda las cruza con otras administraciones.
- IBAN erróneo o de otra persona: puede retrasar devoluciones.
- Declaración sin justificantes: no presentes deducciones sin respaldo documental.
- No actualizar situación familiar: puede afectar al resultado final.
💡 Consejo: organiza tu documentación en tres carpetas digitales —“Ingresos”, “Deducciones” y “Justificantes”— para tener todo listo antes de acceder a Renta Web.
📋 Resumen rápido
Tipo de documento | Ejemplos | Obligatorio |
---|---|---|
Identificación y familia | DNI, IBAN, Cl@ve, certificados de discapacidad | ✅ |
Ingresos y rendimientos | Nóminas, pensiones, dividendos, ayudas | ✅ |
Vivienda | Hipoteca, alquiler, referencia catastral | ✅ |
Deducciones | Donativos, guardería, educación, inversiones | ⚙️ Según caso |
Otros justificantes | Subvenciones, obras, certificados energéticos | ⚙️ Según caso |
🟩 Pago y devolución: opciones y plazos
Una vez presentada tu Declaración de la Renta 2025, el resultado puede ser a ingresar (debes pagar a Hacienda) o a devolver (Hacienda te reembolsa dinero).
En ambos casos, es importante conocer qué opciones de pago existen, cuándo se realizan las devoluciones y qué hacer si hay retrasos o errores.
A continuación te explicamos paso a paso todo lo que necesitas saber sobre pagos, devoluciones, fraccionamientos y consultas de estado.
💳 Si tu declaración sale a ingresar (a pagar)
Cuando el resultado es positivo, significa que durante el año se retuvo menos IRPF del que correspondía. No te preocupes: Hacienda te ofrece distintas formas de pago y la posibilidad de fraccionar el importe.
🏦 Opciones de pago disponibles
- Domiciliación bancaria (recomendada)
- Puedes domiciliar el importe al presentar tu declaración hasta el 25 de junio de 2026.
- El cargo se realizará automáticamente en tu cuenta el 30 de junio (fecha fin de campaña).
- No necesitas acudir al banco ni volver a firmar nada.
- Pago mediante NRC (Número de Referencia Completo)
- Puedes pagar en una entidad colaboradora (banco o caja) y obtener un NRC, un código que acredita el pago.
- Luego introduces ese número en Renta Web para completar la presentación.
- Pago con tarjeta o Bizum
- Disponible desde la sede electrónica.
- El pago con Bizum es cada vez más habitual y cómodo, siempre que tu banco lo tenga habilitado.
- La AEAT confirma automáticamente el abono al finalizar el proceso.
- Pago en ventanilla o cajero automático
- Si prefieres hacerlo presencialmente, puedes acudir a una entidad bancaria colaboradora con el modelo 100 impreso.
📌 Si eliges pago presencial o NRC, recuerda que el justificante del banco debe conservarse junto con el PDF de presentación.
⚖️ Fraccionamiento del pago
La Agencia Tributaria permite pagar el importe en dos plazos sin intereses:
- Primer plazo: 60 % del total, al presentar la declaración (abril-junio).
- Segundo plazo: 40 % restante, hasta el 5 de noviembre de 2026.
Si domiciliaste el primer pago, el segundo se cargará automáticamente.
Si pagaste el primero por NRC, deberás realizar el segundo manualmente antes del 5 de noviembre.
💡 Consejo: puedes fraccionar incluso si presentas en abril, pero no si presentas fuera de plazo.
💰 Si tu declaración sale a devolver
Si el resultado es negativo, Hacienda te devolverá el dinero correspondiente a las retenciones pagadas en exceso durante 2024.
Las devoluciones suelen realizarse de forma automática en las semanas siguientes a la presentación.
🕒 Plazos de devolución
- Inicio estimado: primeros días de abril de 2026 (si presentas online).
- Duración media: entre 7 y 30 días desde la presentación, si no hay incidencias.
- Plazo máximo legal: 6 meses desde el fin del periodo oficial (hasta el 31 de diciembre de 2026).
Si Hacienda se retrasa, deberá abonarte intereses de demora automáticamente.
🔗 Fuente oficial: Devolución Renta — Agencia Tributaria
🧾 Cómo consultar el estado de tu devolución
- Accede a la sede electrónica: “Mis expedientes” — AEAT.
- Identifícate con Cl@ve, certificado digital o número de referencia.
- Selecciona “Campaña de Renta 2025”.
- Consulta el estado:
- “Su declaración se está tramitando” (proceso inicial).
- “Su declaración ha sido tramitada” (ya revisada).
- “Devolución emitida” (pago autorizado).
💬 Las devoluciones domiciliadas se ingresan en la cuenta bancaria indicada en el formulario.
Si hay un error en el IBAN, deberás contactar con la AEAT cuanto antes para modificarlo.
⏰ Qué hacer si Hacienda se retrasa en la devolución
Si pasan más de seis meses desde el 30 de junio y aún no has recibido el ingreso, Hacienda te debe intereses de demora (aprox. 3,25 % anual).
El pago se realizará automáticamente en el momento de la devolución, sin necesidad de solicitarlo.
Sin embargo, si sospechas que hay un error o bloqueo:
- Verifica si tu expediente está en revisión.
- Comprueba que no haya notificaciones pendientes en tu buzón electrónico (Notificaciones 060).
- Si detectas un problema, puedes presentar una reclamación o consulta mediante el servicio “Contacte con nosotros” de la AEAT.
⚠️ No confundas los plazos de devolución con los de tramitación: Hacienda puede retener una devolución si necesita revisar tus datos fiscales o si detecta discrepancias con tu empresa o entidad bancaria.
❌Errores frecuentes en pagos y devoluciones
- IBAN incorrecto: revisa los 24 dígitos; un error puede anular la devolución.
- Domiciliación fuera de plazo: si lo haces después del 25 de junio, el sistema no lo aceptará.
- Pago duplicado: si pagas dos veces, contacta con la AEAT para solicitar devolución del exceso.
- No guardar justificante: siempre descarga el PDF y el recibo del banco.
- Cambio de banco después de presentar: comunícalo a la AEAT mediante el trámite de modificación de cuenta.
📊 Resumen comparativo
Resultado de la declaración | Forma de gestión | Fecha límite | Observaciones |
---|---|---|---|
A ingresar | Domiciliación bancaria | 25 junio 2026 | Cargo automático el 30 junio |
A ingresar (NRC/Bizum) | Pago inmediato | 30 junio 2026 | Justificante obligatorio |
Fraccionado (60 % / 40 %) | Segundo pago | 5 noviembre 2026 | Sin intereses |
A devolver | Ingreso en cuenta | Hasta 31 diciembre 2026 | Hacienda puede abonar antes |
Preguntas frecuentes – Renta 2025
¿Quiénes están obligados a presentar la Renta 2025?
En general, están obligados quienes superen los límites de rendimientos del trabajo, capital o actividades, o quienes, en cualquier momento de 2024, hayan estado dados de alta como autónomos (RETA o RETM).
Como referencia: con un solo pagador, el umbral suele ser 22.000 €; con varios pagadores (si el 2º y siguientes superan 1.500 € en total), el límite orientativo baja a 15.876 € para 2024. Comprueba siempre tu caso en el asistente oficial. (Agencia Tributaria)
Además de los umbrales, hay límites específicos para rentas de capital mobiliario, ganancias patrimoniales y otras rentas. AEAT detalla un cuadro resumen con excepciones y matices, y recuerda que los autónomos deben declarar siempre, aunque sus ingresos sean bajos.
¿Qué ingresos están exentos y no tributan en el IRPF?
El artículo 7 de la Ley del IRPF recoge numerosas rentas exentas: becas públicas en condiciones determinadas, indemnizaciones por daños personales, ciertas prestaciones, trabajos realizados en el extranjero (con límites), entre otras. La AEAT publica el listado y fichas aclaratorias para cada supuesto. (Boletín Oficial del Estado)
Que una renta sea “exenta” no siempre implica que no haya que informarla si así lo pide el formulario. Revisa las notas de cada exención en el Manual de Renta para evitar errores de cumplimentación. (Agencia Tributaria)
¿Hasta qué día puedo domiciliar el pago si me sale a ingresar?
La domiciliación bancaria del resultado a ingresar (modelo 100) puede ordenarse hasta el 25 de junio. El cargo se realiza normalmente el 30 de junio (fin de campaña). Si fraccionas, el segundo plazo (modelo 102) puede domiciliarse hasta el 30 de septiembre si domiciliaste el primero, y se paga como tarde el 5 de noviembre. (Agencia Tributaria)
Si no domicilias, puedes pagar por NRC, tarjeta o Bizum desde la sede electrónica. Conserva siempre el justificante del pago junto con el PDF de presentación.
¿Puedo fraccionar el pago de la Renta? ¿Cómo funciona el 60/40?
Sí. El IRPF permite fraccionar sin intereses: 60 % al presentar y 40 % restante hasta el 5 de noviembre. Si domicilias el primer plazo, puedes domiciliar también el segundo (hasta el 30 de septiembre).
Si el primer pago lo hiciste con NRC/tarjeta/Bizum, tendrás que gestionar manualmente el segundo antes del vencimiento.
El fraccionamiento se elige al presentar en Renta WEB. Si cambias de idea, revisa las opciones del expediente y las condiciones específicas de pago electrónico de AEAT.
¿Cuándo recibiré la devolución si me sale a devolver?
AEAT dispone de seis meses desde que termina el plazo de presentación (o desde la presentación extemporánea) para realizar la liquidación provisional que confirme/rectifique la devolución. En la práctica, muchas devoluciones se abonan en semanas, si no hay incidencias.
Puedes consultar el estado en “Mis expedientes”: verás estados como “se está tramitando”, “tramitada” o “devolución emitida”. Si se supera el plazo legal, se añaden intereses de demora automáticamente. (Agencia Tributaria)
¿Cómo puedo modificar mi declaración una vez presentada?
Desde Renta WEB puedes presentar una autoliquidación rectificativa para corregir errores (tanto si aumenta como si reduce el importe a ingresar) y, además, cambiar la opción de tributación (individual/conjunta) en los supuestos permitidos. El acceso está en tu expediente como “Modificar declaración presentada”. (Agencia Tributaria)
AEAT ofrece guías y ejemplos paso a paso para declaraciones rectificativas (menor/mayor ingreso o a devolver). Si lo prefieres, también existe el trámite genérico de “Rectificación de autoliquidaciones”. (Agencia Tributaria)
¿Qué pasa si presento la Renta fuera de plazo?
Si presentas sin requerimiento previo, se aplica el recargo del art. 27 LGT: 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso; a partir de los 12 meses, el recargo pasa al 15 % más intereses de demora. Este recargo excluye sanción mientras regularices voluntariamente. (Agencia Tributaria)
Si ya has recibido una providencia de apremio o te notifica Hacienda, entran en juego los recargos ejecutivos/apremio (5 %, 10 % o 20 % según el momento) y posibles intereses. Evita llegar a esta fase presentando y pagando cuanto antes. (Agencia Tributaria)
¿Qué métodos de identificación puedo usar en Renta WEB?
Puedes acceder con certificado digital o DNIe, Cl@ve (PIN o permanente) o número de referencia. Además, los ciudadanos de la UE pueden entrar con identidad electrónica reconocida (eIDAS). El portal de Renta centraliza estas opciones y explica cada paso.
Si solo haces la Renta una vez al año y no quieres registrarte, el número de referencia puede bastar (necesitarás, por ejemplo, la casilla 505 del ejercicio anterior). Para uso frecuente, Cl@ve es ágil; el certificado ofrece máxima robustez y sirve para más trámites.
No consigo cita previa (teléfono/presencial). ¿Qué hago?
Primero, intenta a primera hora: AEAT suele liberar nuevos huecos diariamente. Revisa también la app oficial y la sede (“Consultar, cambiar o anular cita”) por si hay cancelaciones de última hora. Si no hay en tu oficina, valora otra cercana. (Agencia Tributaria)
Si no logras cita, la vía online (Renta WEB) es la más flexible y está disponible 24/7 con Cl@ve/certificado/referencia. Además, tienes el asistente virtual y guías de ayuda dentro del portal para resolver dudas puntuales.
¿Puedo presentar la Renta desde el extranjero?
Sí. Renta WEB funciona desde el exterior; necesitarás identificación electrónica (Cl@ve, certificado, referencia o eIDAS). Recuerda adaptar tu número de teléfono a formato internacional si usas Cl@ve PIN vía SMS. (Agencia Tributaria)
Si resides fuera de España pero sigues siendo residente fiscal en España, debes presentar IRPF con normalidad. Si eres no residente, tu impuesto no es el IRPF sino el IRNR; consulta las obligaciones específicas.
¿Las deducciones autonómicas vienen ya en el borrador?
Muchas deducciones autonómicas no se aplican automáticamente si faltan datos (alquiler, gastos educativos, donativos, familia, etc.). AEAT publica un manual por comunidades y un capítulo específico para guiarte en su cumplimentación. (Agencia Tributaria)
En Renta WEB verás apartados para añadir estas deducciones. La propia ayuda técnica te indica cómo incorporarlas y qué documentación conservar por si Hacienda la solicita. (Agencia Tributaria)
¿Puedo pagar la Renta con Bizum o tarjeta?
Sí. Si no eliges domiciliación, el portal permite pago electrónico por tarjeta o Bizum, y también introducir un NRC de un pago hecho en banco/banca online. Es un pago inmediato y queda reflejado en tu expediente. (Agencia Tributaria)
Tras el pago, podrás consultar el justificante y, si hace falta, recuperarlo desde la utilidad de la sede (“Consulta de un pago anterior con tarjeta o Bizum”). (Agencia Tributaria)
¿Qué documentos debo conservar tras presentar la declaración?
Guarda el PDF justificante de presentación y todos los documentos que acrediten ingresos y deducciones (certificados de retenciones, recibos de alquiler, intereses hipotecarios, donativos, etc.). Aunque sean datos “precargados”, Hacienda puede requerirlos. (Agencia Tributaria)
El plazo general de prescripción es cuatro años; durante ese tiempo podrían pedirte aclaraciones por notificación (consulta tu buzón electrónico). Mantén los archivos ordenados por categorías y ejercicio. (Agencia Tributaria)
¿La AEAT puede pedirme justificantes después de presentar?
Sí. AEAT puede revisar y solicitar aclaraciones o documentación adicional. Vigila “Mis expedientes” y tu buzón de notificaciones; responder dentro de plazo evita recargos o sanciones.
Si te piden documentación, acompáñala del resumen o explicación de cómo calculaste cada importe. La guía de ayuda de AEAT te indica dónde ver datos incorporados y no incorporados a tu borrador.
¿Qué novedades destacadas trae la campaña (pagos, correcciones, umbrales)?
En la última campaña se afianzó el pago por Bizum y tarjeta para declaraciones a ingresar y se simplificó el sistema de corrección mediante autoliquidación rectificativa desde Renta WEB. Revisa siempre las novedades del portal oficial al inicio de campaña. (El País)
Además, AEAT publica cada año el Calendario del contribuyente y el Manual de Renta con cambios normativos (reducciones por rendimientos del trabajo, deducciones, mutualistas, etc.). Si hay cambios legales en 2025 que afecten a 2024, aparecerán reflejados ahí.
¿Cómo compruebo el estado de mi devolución o de mi pago?
Accede a “Mis expedientes” para ver el estado de tu devolución o si hay incidencias. Para pagos electrónicos, la sede permite consultar pagos previos con tarjeta o Bizum e incluso recuperar justificantes.
Si domiciliastes, el cargo/devolución se realiza en el IBAN indicado. Si cambias de cuenta tras presentar, tramita la modificación cuanto antes para evitar retrasos.
¿Qué hago si me he equivocado y me sale a pagar menos o a devolver más?
Utiliza la opción “Modificar declaración presentada” y presenta una rectificativa. AEAT ofrece ejemplos guiados para casos de menor ingreso o mayor devolución, con capturas de Renta WEB.
Si crees que el error te perjudicó y no sabes cómo arreglarlo, puedes iniciar el procedimiento de rectificación de autoliquidaciones desde la sede. Reúne justificantes y explica brevemente el motivo.
¿Cómo sé si me conviene declaración individual o conjunta?
Renta WEB permite simular ambas opciones antes de presentar. En familias con un solo sustentador o con ingresos muy desiguales, la conjunta puede resultar favorable; pero en otros casos, la individual optimiza deducciones personales.
Si ya presentaste, la herramienta de modificación contempla cambio de opción dentro de los plazos y supuestos permitidos. Comprueba tu expediente y sigue las instrucciones de AEAT.
🟩 Conclusión: hacer la Renta 2025 será más fácil si te preparas con tiempo
Presentar la Declaración de la Renta 2025 (a realizar entre abril y junio de 2026) no tiene por qué ser un proceso complicado. Con una buena preparación y los medios digitales adecuados, puedes hacerlo en pocos minutos desde casa, sin esperas ni desplazamientos.
Lo más importante es planificar con antelación: revisar el calendario oficial, reunir la documentación necesaria y elegir el método de identificación que mejor se adapte a ti —Cl@ve, certificado digital o número de referencia—. Cada uno tiene sus ventajas y todos garantizan seguridad y validez legal ante la Agencia Tributaria.
Recuerda también que la AEAT ofrece múltiples vías de asistencia:
- 💻 Renta Web, si prefieres hacerlo online.
- ☎️ “Le llamamos”, si necesitas ayuda telefónica.
- 🏢 Atención presencial, si prefieres trato directo o tu caso es más complejo.
Y si resides en un municipio pequeño, puedes acceder al Plan de Asistencia en Municipios, que facilita el trámite mediante videollamada o atención local.
🕒 Consejo final: no dejes la Renta para el último momento. Solicita tu número de referencia o Cl@ve con tiempo, revisa tus datos fiscales y guarda todos los justificantes. Hacerlo con calma evitará errores, recargos y retrasos en las devoluciones.
Cumplir con Hacienda no tiene por qué ser un quebradero de cabeza: la clave está en anticiparse, informarse y usar las herramientas digitales que la Administración pone a tu disposición. Con esta guía, ya tienes todo lo necesario para presentar tu Renta 2025 paso a paso, sin estrés y con total seguridad.
✅ CTA final sugerido (llamada a la acción)
📅 Prepárate ya para la campaña Renta 2025.
Revisa tu Cl@ve, actualiza tu certificado digital y consulta el calendario oficial en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Cuanto antes te organices, antes podrás descansar sabiendo que tu declaración está presentada correctamente.